¿Se puede volar un dron en «Panamá»?

Que puedas volar o no depende de tu dron, de tu registro y del lugar exacto en el que vueles. Aquí tienes toda la información relevante: normas clave, zonas de exclusión aérea y fuentes oficiales, todo en un solo sitio.

Normas revisadas el 2026-05-04 Autoridad Aeronáutica Civil (AAC) Reglamento de Aeronáutica Civil de Panamá (RACP) — Sección RPA ↓ Mapa

Autoridad reguladora

Autoridad Aeronáutica Civil (AAC)

Marco

Reglamento de Aeronáutica Civil de Panamá (RACP) — Sección RPA

Certificado de piloto

Licencia piloto RPA

REGLAS CLAVE

  1. La altura máxima depende de la clase del RPA: Micro (≤250 g) → 100 ft (~30 m); Liviana (251 g–25 kg) → 400 ft (~120 m); Mediana (26–150 kg) → 400 ft, pero limitada a 100 m sin transpondedor Modo S (Norma AAC §9.2, §10.1.1, §11.1.5, §11.1.10).
  2. Todo RPA, incluida la clase Micro (≤250 g), debe registrarse ante la AAC (§8.1, §9.1, §15.2 de la norma) — a diferencia de la mayoría de países, Panamá no exime del registro a los drones más ligeros. El registro se realiza en persona en Albrook; verifica la tarifa actual.
  3. Panamá NO exime del registro a los drones recreativos ligeros (≤250 g) — a diferencia de la mayoría de países, la norma AAC (§8.1, §9.1) exige registro para todas las clases de RPA, incluida la Micro.
  4. Distancia mínima de 8 km (5 millas náuticas) de aeropuertos y aeródromos — el mismo radio aplica alrededor del Palacio Presidencial y las cárceles (§8.10–8.11 de la norma AAC).
  5. Una distancia mínima de 30 m horizontales y 10 m verticales de las personas.
  6. Debes mantener el dron dentro de tu contacto visual directo en todo momento (RACP).
  7. Los vuelos nocturnos están PROHIBIDOS sin una exención específica de la AAC.
  8. El seguro de responsabilidad civil por daños a terceros es OBLIGATORIO para todo propietario de RPA (§8.4 de la norma AAC), independientemente del uso. Sobrevolar a personas requiere además autorización de la AAC y el consentimiento de los involucrados (§8.16).
  9. Se requiere un Formulario de Consentimiento Informado para sobrevolar: propiedad privada, reservas indígenas, áreas protegidas y la cuenca del Canal de Panamá.
  10. El uso comercial requiere una licencia de piloto RPA además del registro del dron.

Zonas de exclusión aérea y restricciones

Normas, listas de comprobación y fuentes oficiales en la aplicación
Abrir el mapa oficial de drones ↗

Preguntas frecuentes

¿Necesito una licencia o un certificado para pilotar un dron en Panamá?

En Panamá, la acreditación que debes conocer es Licencia piloto RPA. Si la necesitas depende del peso de tu dron y de cómo vueles — Autoridad Aeronáutica Civil (AAC) gestiona el sistema, y las fuentes oficiales de abajo detallan exactamente cuándo se aplica.

¿Puedo volar un dron como turista o visitante extranjero en Panamá?

Sí con papeleo: los drones de más de 250 g deben registrarse en persona en la oficina de la AAC en Albrook, Ciudad de Panamá (unos 5 dólares estadounidenses, lleva el dron); quien se quede 14 días o menos puede pedir una autorización especial de estancia corta, con algunos días hábiles de espera. El seguro de responsabilidad civil es obligatorio y el techo de altura depende del peso: solo 30 m por debajo de 250 g. El Canal, los parques y las comarcas exigen permiso. Las normas para los pilotos extranjeros pueden cambiar, así que consulta siempre con Autoridad Aeronáutica Civil (AAC) antes de viajar y revisa las fuentes oficiales de abajo.

¿Cuáles son las normas más importantes sobre drones en Panamá?

La versión resumida: La altura máxima depende de la clase del RPA: Micro (≤250 g) → 100 ft (~30 m); Liviana (251 g–25 kg) → 400 ft (~120 m); Mediana (26–150 kg) → 400 ft, pero limitada a 100 m sin transpondedor Modo S (Norma AAC §9.2, §10.1.1, §11.1.5, §11.1.10). Además: Todo RPA, incluida la clase Micro (≤250 g), debe registrarse ante la AAC (§8.1, §9.1, §15.2 de la norma) — a diferencia de la mayoría de países, Panamá no exime del registro a los drones más ligeros. El registro se realiza en persona en Albrook; verifica la tarifa actual. Y también: Panamá NO exime del registro a los drones recreativos ligeros (≤250 g) — a diferencia de la mayoría de países, la norma AAC (§8.1, §9.1) exige registro para todas las clases de RPA, incluida la Micro. Estas son normas fundamentales de aviación; en Panamá también pueden aplicarse requisitos específicos del lugar relativos al espacio aéreo, el uso del suelo, la protección de la naturaleza, la privacidad y la fotografía, así que consulta siempre las fuentes oficiales.

¿En qué lugares de «Panamá» no está permitido volar un dron?

Debes evitar las zonas restringidas — normalmente situadas alrededor de aeropuertos, prisiones, áreas militares y espacios naturales protegidos. Encontrarás el enlace al mapa oficial de Panamá en Fuentes, más abajo, y la aplicación DroneKoll reúne en un solo lugar las normas del país, la información meteorológica y las listas de comprobación que necesitas antes de volar.

¿Quién regula el vuelo de drones en Panamá?

El vuelo de drones en Panamá está regulado por Autoridad Aeronáutica Civil (AAC), que se encarga tanto de las normas como del espacio aéreo. Sus páginas oficiales están enlazadas en Fuentes más abajo — ahí es donde aparecen antes los cambios.

Conviene saber

FUENTES OFICIALES

RECURSOS ADICIONALES

Consulta siempre las fuentes oficiales de la AAC antes de volar. Esta aplicación es una herramienta, no una autoridad legal. Panamá aplica el Reglamento de Aeronáutica Civil (RACP) con altitudes máximas DEPENDIENTES DEL PESO y restricciones especiales sobre la cuenca del Canal de Panamá.

La aplicación

Toda la información, al día — en tu bolsillo

DroneKoll reúne las normas del país, la información meteorológica, el registro de vuelo y las listas de comprobación — todo lo que necesitas antes de volar.

Más en la aplicación: Mapa interactivo de zonas · Registro de vuelo · Planificación y medición · Listas de comprobación previas al vuelo

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