¿Se puede volar un dron en Ecuador?

Que puedas volar o no depende de tu dron, de tu registro y del lugar exacto en el que vueles. Aquí tienes toda la información relevante: normas clave, zonas de exclusión aérea y fuentes oficiales, todo en un solo sitio.

Autoridad reguladora

DGAC Ecuador

Marco

RDAC 101 (DGAC, vigente diciembre 2024)

Acreditación del piloto

Autorización de piloto a distancia (DGAC)

REGLAS CLAVE

  1. Altura máxima: 122 m (400 ft) sobre el nivel del suelo (AGL)
  2. Registro obligatorio en el sistema de registro en línea de la DGAC para todo drone de 250 g o más (hasta 250 kg), sin excepción por uso
  3. El número de registro o código QR debe estar visible en el drone
  4. Lleva siempre el certificado DGAC contigo cuando operes en espacios públicos
  5. Mantén siempre el drone en línea de visión directa (VLOS)
  6. Categoría abierta (uso recreativo): drone de menos de 4 kg, piloto de al menos 14 años (con supervisión de un adulto) que haya revisado el material de inducción de la DGAC; el drone debe tener identificación a distancia activa y función de geobarreras
  7. Vuelo diurno; de noche (y en el crepúsculo civil) solo si el drone lleva luces de posición o anticolisión visibles — con sistemas de visión nocturna se requiere un observador visual
  8. 🚫 GALÁPAGOS: uso recreativo, privado o turístico de drones PROHIBIDO en las áreas protegidas terrestres y marinas
  9. 🚫 Aeródromos controlados: prohibido volar en un rectángulo de 600 m a cada lado del eje de pista hasta 3 km de cada umbral y en los conos de aproximación/salida hasta 5 km, salvo autorización especial de vuelo UAS de la DGAC; en el resto del radio de 5 km, máx. 40 m AGL y solo con autorización o coordinación con el operador del aeródromo. Aeródromos no controlados: 1,8 km; helipuertos: 0,9 km (salvo autorización o coordinación con su operador). La categoría abierta no puede volar en zonas FRZ.
  10. Operación comercial: requiere certificación adicional + permisos de sobrevuelo según zona
  11. Prohibido sobrevolar personas no involucradas en la operación
  12. Zonas urbanas o residenciales: prohibido volar a menos de 30 m (horizontales y verticales) de personas ajenas a la operación y de cualquier edificación, salvo autorización especial de vuelo UAS de la DGAC; respeta también las ordenanzas locales

Zonas de exclusión aérea y restricciones

Datos NOTAM actuales en la aplicación · normas y listas de comprobación
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Preguntas frecuentes

¿Necesito una licencia o un certificado para pilotar un dron en Ecuador?

La acreditación que debes conocer en Ecuador es «Autorización de piloto a distancia (DGAC)». Si la necesitas depende del peso de tu dron y de cómo vueles — el organismo DGAC Ecuador gestiona el sistema, y las fuentes oficiales de abajo detallan exactamente cuándo se aplica.

¿Puedo volar un dron como turista o visitante extranjero en Ecuador?

Sí, pero los drones de 250 g o más (no un Mini de menos de 250 g) necesitan registro en línea ante la DGAC, el código QR en el dron y en el control remoto, y el certificado a mano. Solo pueden registrarse adultos ciudadanos ecuatorianos o residentes, así que pregunta a la DGAC antes de viajar si un turista puede hacerlo. El vuelo recreativo no exige licencia, pero está prohibido en las áreas protegidas terrestres y marinas de Galápagos. Las normas para los pilotos extranjeros pueden cambiar, así que consulta siempre con el organismo DGAC Ecuador antes de viajar y revisa las fuentes oficiales de abajo.

¿Cuáles son las normas más importantes sobre drones en Ecuador?

La versión resumida: Altura máxima: 122 m (400 ft) sobre el nivel del suelo (AGL). Además: Registro obligatorio en el sistema de registro en línea de la DGAC para todo drone de 250 g o más (hasta 250 kg), sin excepción por uso. Y también: El número de registro o código QR debe estar visible en el drone. Estas son normas fundamentales de aviación; en Ecuador también pueden aplicarse requisitos específicos del lugar relativos al espacio aéreo, el uso del suelo, la protección de la naturaleza, la privacidad y la fotografía, así que consulta siempre las fuentes oficiales.

¿En qué lugares no está permitido volar un dron en Ecuador?

Debes evitar las zonas restringidas — normalmente situadas alrededor de aeropuertos, prisiones, áreas militares y espacios naturales protegidos. En Fuentes, más abajo, encontrarás el enlace al mapa oficial de zonas en Ecuador, y la aplicación DroneKoll muestra los NOTAM actuales (restricciones temporales del espacio aéreo) del país.

¿Quién regula el vuelo de drones en Ecuador?

El vuelo de drones en Ecuador está regulado por el organismo DGAC Ecuador, que se encarga tanto de las normas como del espacio aéreo. Sus páginas oficiales están enlazadas en Fuentes más abajo — ahí es donde aparecen antes los cambios.

Conviene saber

FUENTES OFICIALES

RECURSOS ADICIONALES

Consulta siempre las fuentes oficiales de la DGAC antes de volar. Esta página es una guía, no una autoridad legal. Ecuador aplica el RDAC 101 (vigente desde diciembre 2024) — los drones de 250 g o más deben registrarse en el sistema de registro en línea de la DGAC. Galápagos tiene restricciones especiales.

La aplicación

Toda la información, al día — en tu bolsillo

DroneKoll muestra la información meteorológica y los NOTAM actuales en el mapa, con el registro de vuelo y las listas de comprobación integrados.

Más en la aplicación:Mapa interactivo de zonas · Registro de vuelo · Planificación y medición · Listas de comprobación previas al vuelo

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